martes, noviembre 18, 2014

Precisiones para entender un escándalo (y probable delito)

Jorge Romero León en Animalpolítico sobre La Casa Blanca:

"Las revelaciones, hasta ahora, no son controversiales: la primera dama tiene una casa valuada en 7 millones de dólares propiedad de una constructora filial de una de las principales beneficiarias de obras de infraestructura en el Estado de México. Presidencia misma confirmó estos hechos, en una nota informativa inusualmente precisa. La noticia, que no ha generado en México el revuelo que ya está generando en el mundo, es una bomba. Permítame explicarle por qué. Y por qué es necesario—indispensable—que las autoridades responsables abran una investigación con urgencia.

En primer lugar, como bien señalan el director de Fundar y otros expertos, hay un claro conflicto de interés, normado en el artículo 47, fracciones trece a quince, de la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos. Hay conflicto de interés cuando un funcionario público se pone a sí mismo en una situación en que confunde el interés público con el interés personal —cuando, por ejemplo, una constructora a la que debe regular le da un crédito inaccesible en el mercado a su esposa. Era obligación del presidente haber pedido a su esposa que rechazara la casa, y cualquier vínculo con la constructora regulada. Eso es lo que dice la ley. La autoridad responsable de investigar y sancionar a los funcionarios públicos por incumplir con sus obligaciones, incluido el Presidente, es la Secretaría de la Función Pública. Y es imperativo que se pronuncie, en breve –de no hacerlo sus funcionarios incurren también en responsabilidad.

Pero además, y sobre esto no hemos abundado lo suficiente, la investigación y la confirmación de presidencia son indicativas de un delito. El delito es cohecho, y está claramente tipificado en el Código Penal Federal (Capítulo X, artículo 222). No importa cuánto valga la casa, ni importa de quién sea, puntos a los que se refirió el vocero de la Presidencia.Si la casa se otorgó o prometió a cambio de hacer o dejar de hacer algo relacionado con las funciones del Presidentecuando era gobernador, se cumplen las condiciones del delito. El código penal es muy claro. Y si era importante que Función Pública se pronunciara sobre un conflicto de interés, lo es mucho más a sabiendas de que hay evidencia concreta de que puede haberse verificado el delito.

La diferencia no es menor. El delito supone que los problemas que buscaba prever la norma relativa al conflicto de interés se han concretado. El conflicto ya se verificó. Pero además, si el presidente gestionó la casa habría incurrido en un delito, y si sus funciones de control y regulación se vieron afectadas, también. Corresponderá a un juez determinar si el delito existe, y después habrá que ver si se le pueden fincar responsabilidades al Presidente, que tiene fuero. Pero el primer paso es iniciar una investigación desde la Función Pública y una averiguación en la Procuraduría (a solicitud de la primera)."

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Contra(comunicado):

Como decía Henry David Thoreau, "No pido inmediatamente que no haya gobierno, sino inmediatamente un gobierno mejor". El orígen de Medios y política fue el fraude electoral del 2006: nació La República de la Televisión y la programa(ción) se volvió dicta(dura): un monopolio opinativo de Tercer Grado. Aquí en 'Medios y política' están las evidencias comunicacionales que sostienen nuestra tésis: Felipe Calderón no ganó las elecciones; la oligarquía lo impuso mediante un fraude para auto(comprarse) lo que queda de México. Y lo repitieron imponiendo a Enrique Peña Nieto en el 2012. Por eso pedimos lo posible: que se restaure La República.

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